● Correspondiente al cuarto trimestre de 2024.
● En sesión ordinaria, el Comité de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobó por unanimidad dos acuerdos sometidos a consideración por distintas áreas del Instituto.
MEXICALI, B. C. 22 DE ENERO DE 2025. – En los trabajos de la 1ª Sesión Ordinaria del Comité de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Instituto Estatal Electoral (IEEBC), la Unidad de Transparencia presentó el informe de actividades correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2024.
En él, se dio a conocer que durante los meses de octubre a diciembre del pasado año, la Unidad de Transparencia del IEEBC recibió un total de 58 solicitudes de información a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, de las cuales 40 fueron respondidas por la Unidad, dado que la misma se encuentra disponible en el portal institucional o se contaba con dicha información.
Cabe informar, que cuatro solicitudes fueron desechadas, toda vez que las personas solicitantes no proporcionaron información que permitiera identificar la documentación que solicitaban, mientras que el resto de las solicitudes fueron turnadas a diversas unidades administrativas.
Durante la sesión se aprobó el acuerdo sometido a consideración por el Departamento de Administración, en el que se aprueban las versiones públicas de 18 contratos de prestación de servicios profesionales celebrados por el IEEBC con personas que fueron contratadas para prestar dichos servicios en el mismo, a efecto de dar cumplimiento a lo previsto en la Ley de Transparencia.
Al respecto, el presidente del comité, Héctor Ricardo Haro Solorio, recordó que es obligación del IEEBC garantizar la transparencia y el acceso a la información pública a cualquier persona, respetando así un derecho humano consagrado en nuestra Constitución y en los tratados internacionales. Sin embargo, también se tiene la obligación de salvaguardar aquella información de carácter confidencial, por lo tanto, al testar la información confidencial de los documentos, se crea un equilibrio entre ambos derechos.
Asimismo, avalaron el acuerdo propuesto por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, para aprobar las versiones públicas de resoluciones relativas a medidas cautelares, ya que tratándose de asuntos donde se aduce la violencia política contra las mujeres en razón de género, debe considerarse que la información constituye datos sensibles, para efecto de no revictimizar a las personas denunciantes y, por ende, se considera información confidencial.
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