La Sala Regional Guadalajara desechó el recurso promovido contra la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Baja California.
San Quintín, B.C Mayo 27 .— La resolución emitida por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California, que determinó la inexistencia de violencia política contra las mujeres en razón de género dentro de un procedimiento relacionado con integrantes del Ayuntamiento de San Quintín, quedó firme tras la determinación emitida por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
De acuerdo con el expediente SG-JDC-848/2026, la autoridad jurisdiccional federal resolvió desechar el medio de impugnación promovido contra la sentencia local, al concluir que la demanda fue presentada fuera de los plazos establecidos por la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Previamente, el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California había resuelto, dentro del expediente PS-11/2025, la inexistencia de violencia política contra las mujeres en razón de género atribuida a diversas personas funcionarias del Ayuntamiento de San Quintín.
La sentencia federal establece que la notificación de la resolución local fue realizada el 24 de abril y que el recurso fue presentado posteriormente al vencimiento del plazo legal previsto para su impugnación.
Asimismo, la Sala Regional Guadalajara señaló que las constancias integradas al expediente acreditaron la legalidad de las diligencias de notificación practicadas durante el procedimiento.
Con ello, la resolución emitida por el Tribunal Electoral de Baja California quedó firme respecto al procedimiento iniciado por presuntos actos de violencia política denunciados por una integrante del cabildo de San Quintín.
Dentro del análisis realizado por las autoridades jurisdiccionales se revisaron pruebas documentales, actuaciones procesales y elementos relacionados con el funcionamiento institucional del Ayuntamiento y del cabildo municipal.
El Gobierno Municipal de San Quintín señaló que toda denuncia relacionada con violencia política contra las mujeres debe atenderse con seriedad, respeto institucional y apego al marco jurídico vigente.
Indicó además que las resoluciones emitidas por las autoridades electorales permiten dar por concluido el procedimiento correspondiente y continuar con el trabajo institucional del Ayuntamiento, la atención de los asuntos públicos y el funcionamiento ordinario del cabildo.
La sentencia emitida por la Sala Regional Guadalajara fue aprobada por unanimidad de votos de las magistraturas integrantes del órgano jurisdiccional federal.











