Tlaxiaco, Oaxaca, México, a 1 de abril del 2026. .- Los únicos detenidos por el delito de tortura en Oaxaca pretenden ser liberados por el Tribunal Superior de Justicia del Estado a pesar de que el caso cuenta con un dictamen del Comité Contra la Tortura de la ONU y medidas cautelares de la CIDH.
Ángel Daniel Bautista Vásquez fue víctima del delito de tortura el día 21 de marzo del 2020, por elementos de la policía municipal de Tlaxiaco, Oaxaca, por lo que en el año 2020 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorgo las medidas cautelares MC-636-2020, en el año 2025 la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca emitió la recomendación 03/2025; y el Comité Contra la Tortura de la ONU con fecha 11 de abril del 2025 emitió el dictamen CAT/C/82/D/1102/2021.
El día viernes 27 de marzo de 2026, de manera urgente la Jueza de Control del Circuito Judicial de la Mixteca, sede Tlaxiaco señalo una audiencia para que se pueda revisar la medida cautelar de prisión preventiva de los procesados Melquiades Avendaño Sarabia y Jorge Hilario Santiago o Jorge Santiago Hilario policías municipales de la Ciudad de Tlaxiaco, Oaxaca, quienes están acusados del delito de Tortura cometido en contra de Ángel Daniel Bautista Vásquez, en la causa penal número 121/2025, quienes fueron vinculados a proceso con fecha 24 de julio del 2025, y se encuentran privados de su libertad en el Centro Penitenciario Varonil de Tanivet ubicado en el municipio de Tlacolula de Matamoros, Oaxac .dicha audiencia se difirió para efectuarse el día lunes 6 de abril del 2026 y que pueden ser puestos en libertad en la audiencia de revisión de medidas cautelares.
Es el primer caso de tortura que se judicializa en Oaxaca, ya que hasta la fecha se tienen registradas del año 2011 al 2025, 921 carpetas de investigación con 1237 víctimas, y solo existe una sola causa pena Judicializada que es la 121/2025 donde es víctima Ángel Daniel Bautista Vásquez.
Cabe referir que el abogado defensor de los inculpados Melquiades Avendaño Sarabia y Jorge Hilario Santiago o Jorge Santiago Hilario es el licenciado Carlos Fernando Santiago Cruz quien actualmente se desempeña como Director Jurídico y de Asistencia Legal del H. Ayuntamiento del municipio de Tlaxiaco, Oaxaca, este abogado fue recomendado para trabajar como Director Jurídico por el actual consejero jurídico de Oaxaca Geovany Vásquez Sagrero, ya que trabajo en el despacho jurídico de dicho consejero.
Por lo cual tenemos el temor de que sean liberados los policías municipales por el tráfico de influencias de parte del Lic. Carlos Fernando Santiago Cruz actual director Jurídico y de Asistencia Legal del H. Ayuntamiento de Tlaxiaco, Oaxaca que cuenta con el apoyo del consejero jurídico de Oaxaca Lic. Geovani Vásquez Sagrero y que al ser puestos en libertad por el cambio de la medida cautelar de prisión preventiva se pone en riesgo la integridad física de la la víctima de tortura Ángel Daniel Bautista Vásquez y su familia, quien ya a sido amenazado y hostigado por la policía municipal de Tlaxiaco, y personas desconocidas.
Por lo cual el Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas A.C. y la Victima de Tortura, se pronuncian por:
No al cambio de medida Cautelar de prisión preventiva a los Ex policías municipales de Tlaxiaco Melquiades Avendaño Sarabia y Jorge Hilario Santiago o Jorge Santiago Hilario en la causa penal 121/2025, porque su libertad pondría en riesgo la vida y la integridad física de Ángel Daniel Bautista Vásquez y su familia.
Cumplimiento por parte del Estado Mexicano de la Medida cautelar MC-636-20 emitida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para prevenir un daño irreparable a Ángel Daniel Bautista Vásquez víctima de tortura y su familia.
Cumplimiento por parte del Estado Mexicano del dictamen CAT/C/82/D/1102/2021 emitido por el Comité Contra la Tortura para los efectos de garantizar la vida y la integridad física de Ángel Daniel Bautista Vásquez y la reparación integral del daño, así como la disculpa pública, otorgar garantías de no repetición y garantizar el derecho a la verdad.
Que el Gobierno Federal garantice la no intromisión del Gobierno Estatal de Oaxaca y municipal de Tlaxiaco, en el tráfico de influencias para poner en libertad a los procesados Melquiades Avendaño Sarabia y Jorge Hilario Santiago o Jorge Santiago Hilario en la causa penal 121/2025.











